Resiliencia y reinserción social del dleincuente: el delito como legítima defensa

ELGUETA ORELLANA, NATKIN MARTIN. Resiliencia y reinserción social del dleincuente: el delito como legítima defensa [artículos de revistas]. 2016, Feb. Publicado en: Revista de estudios criminológicos y penitenciarios, n.20 , 85-122

En el siguiente ensayo, expongo algunas opiniones que he adoptado en torno al fenómeno delictivo, tras casi 10 años de estudio y trabajo en este tema. En ellas, resalto algunos elementos teóricos poco considerados en el debate actual y que, en mi propia experiencia, han resultado ser claves para la comprensión del mismo, así como para la planificación de las estrategias de intervención que serían más eficaces para lograr la reinserción social del infractor. Las reflexiones de este escrito están guiadas por el siguiente supuesto: durante su historia vital, la mayoría de los delincuentes han experimentado eventos devastadores e intensos y/o relaciones familiares disfuncionales que fueron dañando su capacidad de vincularse “normalmente” con los demás. El hecho de que hayan podido experimentar primero el papel de víctima, permite comprender la transformación que tempranamente ha podido ocurrir en su funcionamiento psíquico y social, y cómo llegan a encontrarse excluidos, detenidos en su desarrollo moral y afectivo, y psíquicamente escindidos, todo ello como efecto del dolor proveniente de experiencias traumáticas (agudas o insidiosas), vividas con anterioridad a la comisión de los ilícitos. Las violaciones a los derechos de los demás cometidas posteriormente por ellos, pueden ser concebidas como el efecto o síntoma de dicho trauma, un mecanismo de defensa o protección psíquica caracterológica, destinada a evitar nuevos daños, escudo por el cual se pierde al yo esencial sensible, empático, y dispuesto a depender emocionalmente de sus más cercanos. Concebir una víctima en el interior del delincuente permitirá, además, aplicar el marco teórico de la resiliencia a las estrategias de intervención, proporcionando con ello una definición diferente para el concepto mismo de reinserción social, que diste de concebirla sólo como la ausencia de nuevas condenas, y que la visualice como un cambio psíquico profundo que promueva la posibilidad del sujeto de retomar el desarrollo moral y afectivo devastado por la experiencia traumática, reingresando así, al mundo de relaciones humanas prosociales del cual fue previamente excluido. Como el logro de la resiliencia y la posibilidad de transgredir los derechos de otro mediante un acto delictual son psíquicamente incompatibles, propongo el proceso resiliente como vía válida para alcanzar la reinserción social