Delito del artículo 161ª del Código Penal. Participación criminal. Autor cooperador del artículo 15...
CHILE. CORTE SUPREMA. Delito del artículo 161ª del Código Penal. Participación criminal. Autor cooperador del artículo 15 N° 3 del Código Penal requiere la existencia de concierto previo. Existencia de concierto previo entre los acusados que formaban parte del equipo periodístico que ingresó al domicilio de la víctima. Delito del artículo 161 A protege la privacidad, no la honra. Concepto de privacidad está relacionado con la preservación de determinados actos en una esfera íntima. Autorización para el ingreso a una morada no implica una renuncia absoluta ni tácita a la privacidad. Secreto de las comunicaciones no puede oponerse a quien tomó parte en la comunicación misma. Concepto de hecho de interés público. [artículos de revistas]. 2016, Ago. Publicado en: Gaceta jurídica, n.434 , 217-220