Delito del artículo 97 N°4 inciso 1° del código tributario. Prescripción debe continuar como si no s...
DONOSO KRAUSS, JUAN PABLO. Delito del artículo 97 N°4 inciso 1° del código tributario. Prescripción debe continuar como si no se hubiere suspendido por la detención del pleito por el lapso de tres años. Cualquier detención del curso del procedimiento produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Pasividad del tribunal por el lapso de tres años produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Transcurso del plazo de prescripción de diez años de los crímenes. [artículos de revistas]. 2017. Publicado en: Revista de ciencias penales, v.44 n.1, 100-107
Comentario: Sobre la paralización de la persecución del procedimiento señalada en el art´culo 96 del código penal / Juan Pablo Donoso Krauss