Falta establecida en el artículo 496 N° 5 del Código Penal. Diferenciación con delito de usurpación...
CHILE. TRIBUNAL DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Falta establecida en el artículo 496 N° 5 del Código Penal. Diferenciación con delito de usurpación de nombre [artículos de revistas]. 2006, Feb. Publicado en: Revista procesal penal, n.44 , 235 - 238