La Coacción como forma de instrumentalización en la autoría mediata
MÁRQUEZ CÁRDENAS, ÁLVARO E.. La Coacción como forma de instrumentalización en la autoría mediata [artículos de revistas]. 2006. Publicado en: Diálogos de saberes, n.24 , 109-134
El que usa la fuerza para obligar a otro a cometer un delito debe actuar con dolodirecto con relación a la acción de fuerza. Debe dirigir su acción de coacciónprecisamente a la obtención de que el tercero realice el hecho descrito por eltipo penal; si no ha sido así, aunque haya pensado el que empleó la fuerza quela misma podría - como posibilidad- tener ese efecto en el tercero, no puede sercalificado como autor de lo que en definitiva este tercero ejecutó.Es autor mediato únicamente aquél que concretamente dirigió su actividadde fuerza al objetivo de que otra persona realizara un determinado delito. Asu vez, no se ve inconveniente para que el autor mediato responda, a título dedolo eventual, de lo realizado por el coaccionado, con relación a las posiblesdesviaciones o alteraciones que sufra en el evento durante su concreción poreste último