El bien jurídico protegido en los nuevos delitos de desórdenes públicos del artículo 268 septies del...

FUENZALIDA FOLLERT, FERNANDO. El bien jurídico protegido en los nuevos delitos de desórdenes públicos del artículo 268 septies del código penal [artículos de revistas]. 2020, Ago. Publicado en: Revista jurídica del Ministerio Público, n.79 , 204-228

Con fecha 30 de enero de 2020 entró en vigencia la ley N° 21.208, que modifica el el código penal para tipificar acciones que atenten cpntra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios, incorporando nuevas figuras de desórdenes públicos en el artículo 268 speties del código penal, ubicado en el párrafo II , título sexto, sobre los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos ocmetidos por particulares: la interrupción de la libre circulación de personas y vehículos que se encontraren en la vía pública (inc 1°); y el lanzamiento de objetos potencialmente aptos para causar lesiones corporales o la muerte a perosnas o vehículos que se encontraren en la vía pública (inc 2°). A partir de la lectura de los nuevos delitos surgen interrogantes acerca de cuál es su bien juridico protegido, las cuales pretendemos aclarar en el presente trabajo, tomando ocmo punto de partida el contexto histórico y normativo de los desórdenes públicos a la luz de la reciente modificación.

Notas: Para acceder al artículo, descargue el número completo de la revista en http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/biblioteca/juridica.do