Homicidio calificado . I. Principio de congruencia. Sentencia condenatoria impugnada no ha excedido...
CHILE. CORTE DE APELACIONES DE ARICA. Homicidio calificado . I. Principio de congruencia. Sentencia condenatoria impugnada no ha excedido el contenido de la acusación. II. Concepto doctrinario y jurisprudencial de alevosía. Actuar de los condenados se dispuso para asegurar el resultado, imposibilidad de la víctima de defenderse o huir y la integridad personal de los hechores. III. Jueces recurridos dictaron el fallo impugnado sin cometer falta o abuso en su pronunciamiento. [artículos de revistas]. 2020, Ene. Publicado en: Gaceta jurídica, n.475 , 29 h.
Notas: Cita Westlaw: CL/JUR/4719/2020