Homicidio. I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Mini...
CHILE. CORTE SUPREMA. Homicidio. I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. II. Existencia de denuncia efectuada por una testigo de oídas. Facultad de la policía para identificar a los testigos y consignar las declaraciones que éstos prestaren voluntariamente. Procedencia de la detención en caso de flagrancia. Procedencia de entrada y registro a lugar de libre acceso público. [artículos de revistas]. 2020, Feb. Publicado en: Gaceta jurídica, n.476 , 18 h.
Notas: Cita: CL/JUR/11073/2020