Conducción en estado de ebriedad causando daños. Determinación de la pena. I. En caso de remisión co...
YÁÑEZ MORALES, ISABEL, PROLOGISTA. Conducción en estado de ebriedad causando daños. Determinación de la pena. I. En caso de remisión condicional de la pena, la accesoria prevista en el art. 30 del Código Penal se mantiene. II. Voto disidente: Improcedencia de imponer como accesoria a la sustitución de remisión condicional impuesta [artículos de revistas]. 2020. Publicado en: Revista de ciencias penales, v.47 n.1 , 199-212
Penas sustitutivas y penas accesorias – Corte de Apelaciones de Concepción, 17/01/2020 / Isabel Yáñez Morales