El bloque de constitucionalidad en la determinación de los principios fundamentales del debido proce...
REPÚBLICA DOMINICANA. SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. El bloque de constitucionalidad en la determinación de los principios fundamentales del debido proceso. Extracto de la Resolución de la Suprema Corte de Justicia, República Dominicana, 13 de noviembre de 2003 [artículos de revistas]. 2007, Jul-Dic. Publicado en: Diálogo jurisprudencial, n.3 , 27-50
Mediante una resolución la Suprema Corte de Justicia de la República Dominicana determinó las fuentes normativas del llamado “bloque de constitucionalidad”, entre los que se encuentran los pactos y convenciones internacionales así como las opiniones consultivas y las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Con base en este concepto reconoció y estableció los principios fundamentales del debido pro- ceso y su contenido, y dispuso su aplicación inmediata en todos los tribunales del país. Por lo tanto, la Corte se remitió a principios y normas de su Constitución y en instrumentos internacionales de derechos humanos, entre otros, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 3o., 8o. y 9o., y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 14 y 15. El Tribunal también aplicó criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Suárez Rosero vs. Ecuador y Cantoral Benavides vs. Perú.