Estándares internacionales de acceso a la justicia y sus efectos en materia político-electoral con r...

MÉXICO. TRIBUNAL ELECTORAL. Estándares internacionales de acceso a la justicia y sus efectos en materia político-electoral con relación a pueblos y comunidades indígenas [artículos de revistas]. 2007, Jul-Dic. Publicado en: Diálogo jurisprudencial, n.3 , 211-239

Al resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México estableció diversos criterios en materia de acceso a la justicia electoral de pueblos y comunidades indígenas. Especialmente con relación a la suplencia de la queja, el Tribunal señaló que tratándose de recursos interpuestos por estos grupos debe corregir cualquier tipo de defecto o insuficiencia del escrito de demanda a fin de garantizarles el acceso pleno y efectivo a la justicia electoral y el ejercicio de los derechos político-electorales, tomando en cuenta su situación particular de vulnerabilidad. Asimismo, estableció que las autoridades deben adoptar las medidas adecuadas a su especial situación al hacer de su conocimiento actos que afecten sus derechos político-electorales. Entre otros, el Tribunal invocó los artículos 1o., 3o. y 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los artículos 16 y 27 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, los artículos 2o., 4o. y 12 del Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes (Convenio 169) de la OIT. Además, el Tribunal se refirió a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Velásquez Rodríguez vs. Honduras; Godínez Cruz vs. Honduras; Bámaca Velásquez vs. Guatemala; Hilaire, Constantine y Benjamín y otros vs. Trinidad y Tobago; Cantos vs. Argentina; Comunidad Indígena Yakye Axa vs. Paraguay; y, en la Opinión Consultiva OC-11/90, Excepciones al agotamiento de los recursos internos (artículos 46.1, 46.2.a y 46.2.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos).