Restricciones al ejercicio de los derechos político-electorales: los estándares internacionales de d...

MÉXICO. TRIBUNAL ELECTORAL. Restricciones al ejercicio de los derechos político-electorales: los estándares internacionales de derechos humanos como criterios para su interpretación [artículos de revistas]. 2007, Jul-Dic. Publicado en: Diálogo jurisprudencial, n.3 , 269-288

En la sentencia dictada para resolver un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México recurrió a los estándares internacionales en materia de derechos político-electorales para interpretar sus posibles restricciones. En particular, respecto al derecho a ser votado, el Tribunal de terminó que cualquier limitación debe respetar su contenido esencial, entre otros, conforme a los tratados internacionales de derechos humanos y a los criterios emitidos por los órganos en- cargados de su interpretación y aplicación. Con relación a la jerarquía normativa interna, especialmente tratándose de la Constitución federal, las Constituciones locales y los tratados internacionales, este órgano judicial señaló que, en caso de duda, debe aplicarse la norma más favorable a su ejercicio. El Tribunal aplicó los artículos 1o., 2o., 23, 29 y 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Asimismo, se refirió a los criterios del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su Observación General No. 25, La participación en los asuntos públicos, los derechos político-electorales y el acceso igualitario al servicio público; de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Yatama vs. Nicaragua, Garrido y Baigorria vs. Argentina, Masacre de Pueblo Bello vs. Colombia, Baena Ricardo y otros (270 trabajadores) vs. Panamá, Caballero Delgado y Santana vs. Colombia, Durand y Ugarte vs. Perú, Velásquez Rodríguez vs. Honduras y Godínez Cruz vs. Honduras; y, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en México 1998. La sentencia se encuentra acompañada de un voto concurrente.