El recurso de casación y el derecho de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior. Sentencia...

COSTA RICA. TRIBUNAL SUPERIOR DE CASACIÓN PENAL. El recurso de casación y el derecho de recurrir el fallo ante un juez o tribunal superior. Sentencia del Tribunal de Casación Penal, Costa Rica, 23 de enero de 2009 [artículos de revistas]. 2009, Jul-Dic. Publicado en: Diálogo jurisprudencial, n.7 , 133-138

La presente sentencia fue dictada por el Tribunal de Casación Penal de Costa Rica. Se refiere a un recurso de casación interpuesto por la defensora pública de un imputado. Durante el trámite del recurso, el Ministerio Público ofreció al Tribunal diversa prueba con el objeto de que se rechazaran los “motivos” planteados por la defensa, particularmente los relativos a una supuesta incorporación de prueba ilegítima y a que la cadena de custodia de la prueba había sido interrumpida con daño al derecho de defensa del imputado. Al respecto, el Tribunal de Casación señaló que debía analizarse la decisión de primera instancia, entre otro, en cuanto al fondo, es decir, a la observancia de la ley sustantiva en la calificación jurídica del hecho que se estimó acreditado. El Tribunal indicó que este estudio debía realizarse no sólo en atención a lo que dispone la Convención Americana sobre Derechos Humanos sino también a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, específicamente, en el caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. En tal sentido, el Tribunal refirió que el recurso de casación satisface los requerimientos de la Convención Americana en tanto no se regule, interprete o aplique con rigor formalista, y permita con relativa sencillez examinar la validez de la sentencia recurrida así como el respeto debido a los derechos fundamentales del imputado. Finalmente, el Tribunal rechazó la prueba ofrecida por el Ministerio Público con base en que no se- ría útil para resolver las cuestiones que habían sido planteadas, ya que lo que debía examinarse directamente era la fundamentación de la sentencia impugnada a la luz de las constancias del proceso. Cabe señalar que en el caso Herrera Ulloa ya referido, la Corte Interamericana determinó que el recurso de casación no satisfacía el requisito de ser un recurso amplio, de manera tal que permitiera que el tribunal superior realizara un análisis o examen comprensivo e integral de todas las cuestiones debatidas y analizadas en el tribunal inferior, lo cual era contrario al artículo 8.2 h. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.