Obligatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: el caso Tristán Don...

PANAMÁ. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. Obligatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: el caso Tristán Donoso vs. Panamá. Extracto de un Acuerdo y de una Sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Panamá, 12 de mayo de 2010 [artículos de revistas]. 2010, Ene-Jun. Publicado en: Diálogo jurisprudencial, n.8 , 95-106

El 27 de enero de 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una sentencia en el caso Tristán Donoso vs. Panamá mediante la cual declaró responsable internacional-mente a este Estado, por la interceptación, grabación y divulgación de una conversación telefónica del abogado Santander Tristán Donoso, y por la condena que se le impuso por el delito de calumnia a partir de lo pronunciado durante una rueda de prensa durante la cual le atribuyó al entonces procurador general de la Nación la interceptación y grabación de sus llamadas telefónicas, entre otros. Al respecto, la Corte Interamericana declaró que Panamá había violado los artículos 1.1 (Obligación de respetar los derechos), 8.1 (garantías judiciales), 11.1 y 11.2 (protección de la honra y de la dignidad) y 13 (libertad de pensamiento y de expresión) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y ordenó como medida de reparación, entre otras, que se dejara sin efecto la condena penal impuesta y todas las consecuencias que de ella se derivaran. A continuación se presenta un acuerdo mediante el cual la Corte Suprema de Justicia de Panamá señaló que el Estado, como miembro de la comunidad internacional, reconoce, respeta y acata las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Huma- nos. Con base en ello, ordenó remitir a la Sala Penal de esa Corte la sentencia dictada por la Corte Interamericana en el caso Tristán Donoso a efectos de que se revisara la sentencia penal dictada contra el señor Santander Tristán Donoso. Asimismo, se presenta la sentencia de la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia mediante la cual, en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana, se absolvió al señor Santander Tristán Donoso como autor del delito de calumnia, se dejó sin efecto la condena impuesta al respecto y se ordenó que se omitiera de su historial de antecedentes pena- les cualquier registro penal que guardara relación con dicha condena.