Libertad provisional y delito tributario

PRECHT PIZARRO, JORGE. Libertad provisional y delito tributario [artículos de revistas]. 1993 Ene-Jun. Publicado en: TEMAS de Derecho, Año VIII n.1 , 147-179

Se consulta acerca de la constitucionalidad y vigencia del artículo 163 letra (f) del Código Tributario, en relación al inciso primero de la letra (e) del Nº7 del artículo 19 de la Constitución que dice: "(e) la libertad provisional procederá a menos que la detención o la prisión preventiva sea considerada por el juez como necesaria para las investigaciones del sumario o para la seguridad del ofendido o de la sociedad. La ley establecerá los requisitos y modalidades para obtenerla". Nuestra Constitución que garantiza la libertad personal y la de locomoción, garantiza igualmente a todo detenido o arrestado (o sometido a prisión preventiva) el derecho a obtener la excarcelación o libertad provisional, garantía sujeta a la discrecionalidad del juez. La libertad "procederá", esto es, deberá siempre otorgarse por el juez, a menos que el propio juez considere que dicha detención o prisión preventiva sea considerada como necesaria en las únicas tres condiciones que el texto constitucional autoriza