Los límites humanitarios al comercio exterior de armas convencionales: algunos apuntes de su importa...
GARROCHO SALCEDO, ANA M.. Los límites humanitarios al comercio exterior de armas convencionales: algunos apuntes de su importancia para el derecho penal [artículos de revistas]. 2023, Jul. Publicado en: Política criminal, v.18 n.35 , 246-284
El comercio exterior de armas convencionales y material de doble uso es una actividad regulada y controlada por el Estado, imprescindible para prevenir desvíos indeseados y evitar un uso indebido por parte del destinatario de las armas. Por esta razón, atendiendo a la peligrosidad potencial que comporta la exportación de armamento, los Estados adoptan el sistema de licencia previa para autorizar su exportación. En el presente trabajo se explora la problemática general de la exportación de armas, subrayando las implicaciones que esta actividad comporta para la paz, la seguridad y la prevención de violaciones graves de los derechos humanos, para seguidamente examinar los límites normativos que la legislación supranacional ha impuesto a los Estados, muy en concreto el Tratado de Comercio de Armas, de 2 de abril de 2013, y la Posición Común de la Unión Europea 2008/944/PESC del Consejo, de 8 de diciembre de 2008, por la que se definen las normas comunes que rigen el control de las exportaciones de tecnología y equipos militares. Asimismo, se analizará el régimen de exportación de armas en España, el problema del secreto del expediente de exportación y las implicaciones que esta regulación puede tener para el Derecho Penal español, especialmente para el delito de contrabando o la prevaricación administrativa de funcionarios. Adicionalmente, el trabajo plantea la necesidad de valorar, de lege ferenda, la inclusión de nuevos tipos penales en el ámbito del control y seguimiento ex post una vez las armas han llegado al lugar de destino. La evitación del desvío indeseado hacia grupos criminales y la comprobación del uso final de las armas son deberes irrenunciables de los Estados y de las empresas del sector, teniendo en cuenta el potencial lesivo del armamento en la convivencia social y en los derechos humanos.