Declara que la audiencia del procedimiento simplificado, al tenor de lo dispuesto por el artículo 39...

CHILE. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO. Declara que la audiencia del procedimiento simplificado, al tenor de lo dispuesto por el artículo 396 inciso 2° del Código Procesal Penal, no puede ser suspendida por la no comparecencia del imputado [artículos de revistas]. 2006, Dic. Publicado en: Boletín del Ministerio Público, n.29 , 209-210