Declara que la audiencia del procedimiento simplificado, al tenor de lo dispuesto por el artículo 39...
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CHILE. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO. Declara que la audiencia del procedimiento simplificado, al tenor de lo dispuesto por el artículo 396 inciso 2° del Código Procesal Penal, no puede ser suspendida por la no comparecencia del imputado [artículos de revistas]. 2006, Dic. Publicado en: Boletín del Ministerio Público, n.29 , 209-210