Declara que el abuso sexual del artículo 366 bis del Código Penal no requiere la concurrencia del el...
CHILE. TRIBUNAL DE GARANTÍA DE COQUIMBO. Declara que el abuso sexual del artículo 366 bis del Código Penal no requiere la concurrencia del elemento abusivo, porque por ser el sujeto pasivo un menor de catorce años, la conducta es siempre abusiva [artículos de revistas]. 2006, Jun. Publicado en: Boletín del Ministerio Público, n.27 , 11-17