Declara que la determinación de los hechos es facultad privativa de los jueces del fondo, no siendo...
CHILE. CORTE DE APELACIONES DE PUERTO MONTT. Declara que la determinación de los hechos es facultad privativa de los jueces del fondo, no siendo revisable esta determinación fáctica por medio del recurso de nulidad [artículos de revistas]. 2005, Sep. Publicado en: Boletín del Ministerio Público, n.24 , 75-77