Oficio N° 556. Facultad de los fiscales no perseverar en el procedimiento, una vez cerrada la invest...
CHILE. MINISTERIO PÚBLICO. Oficio N° 556. Facultad de los fiscales no perseverar en el procedimiento, una vez cerrada la investigación [artículos de revistas]. 2003, Dic. Publicado en: Boletín del Ministerio Público, n.17 , 205-217