La suspensión de la pena sólo se limita a la pena privativa de libertad. R.N. N° 1210-2002
PERÚ. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. La suspensión de la pena sólo se limita a la pena privativa de libertad. R.N. N° 1210-2002 [artículos de revistas]. 2007. Publicado en: Anales judiciales de la Corte Suprema de Justicia de la República, , 57-58