Microtráfico. Agente revelador sólo puede actuar previa autorización del Ministerio Público. Autoriz...

CHILE. CORTE SUPREMA. Microtráfico. Agente revelador sólo puede actuar previa autorización del Ministerio Público. Autorización que no consta en la carpeta investigativa. Incumplimiento del deber de registro de todas las actuaciones de la investigación que recae sobre el Ministerio Público. Posterior autorización judicial para la entrada y registro del domicilio del imputado que adolece de ilicitud. Vulneración del debido proceso y del derecho de defensa [artículos de revistas]. 2015, Ene. Publicado en: Gaceta jurídica, n.415 , 186-188