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Resultados para: VIOLENCIA DE GÉNERO
Amato, María Inés
La pericia psicológica en violencia intrafamiliar
Abril, 2004 397 p.
Solicitar como: 364.1555 A154 2004
Aragoneses Martínez, Sara y otros.
Tutela penal y tutela judicial frente a la violencia de género
2006 191 p.
Solicitar como: 364.15553/A120/2006
Arancibia López, Carolina
Violencia contra la mujer en tiempos de pandemia
Publicado En: XVII Jornadas Chilenas de Derecho penal y ciencias penales. / Jornadas Chilenas de Derecho Penal y Ciencias Penales (17a.: 2021: Iquique, Chile). 2023. Solicitar como: 345.83/J769/2023, 2023, 125-143
Aranda, Elviro
Estudios sobre la ley integral contra la violencia de género
2005 194 p.
Solicitar como: 364.15553/A142/2005
Araujo Rentaría, Jaime y otros.
Violencia contra las mujeres en el espacio doméstico y la tutela del Estado: desafíos y limitaciones de la respuesta punitiva
Publicado En: Anuario de derechos humanos, 2009, 2009, 60-81
Araya Novoa, Marcela Paz
Género y verdad. Valoración racional de la prueba en los delitos de violencia patriarcal
Publicado En: Revista de Estudios de la Justicia, n.32 , 2020, 35-69
Arena, Federico José
Notas sobre el testimonio único en casos de violencia de género
Publicado En: Quaestio facti. Revista internacional sobre razonamiento probatorio, n.1 , 2020, 247-258
Arévalo Cunich, Javier
Delitos de violencia intrafamiliar. I. Criterio temporal obsta a concluir que las múltiples acciones "golpear la cabeza y extraer los ojos" puedan valorarse como un solo hecho. Ii. Realidad fáctica permite acreditar que no hay unidad sino pluralidad de hechos. Concurso real de delitos. Improcedencia de aplicar la figura de "unidad natural de acción". Iii. Delito frustrado requiere dolo directo en el agente. Iv. Enucleación supone que el autor había abandonado la intencionalidad homicida inicial. Regreso del agente pone en duda más que razonable la calificación de dolo directo homicida. Delito no puede calificarse como femicidio frustrado si no se ha acreditado el dolo directo del autor. Recalificación del ilícito como lesiones graves propiamente tales. V. Voto disidente: dejar agonizando a la víctima para que "los procesos naturales" hicieran colapsar su organismo, no importa que no se haya buscado la muerte. Dolo directo que dirigía la acción homicida no muda a dolo eventual.
Publicado En: Revista de ciencias penales, v.44 n.4 , 2017, 77-140