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Resultados para: DOLO,DELITOS TRIBUTARIOS
Corte de Apelaciones de Santiago. Derecho penal. Tipo penal. Dolo o malicia. Maniobras deben buscar desfigurar verdadero monto de ingresos para con ello obtener liquidación de impuesto inferior al que corresponda. Apreciación de la prueba. Conviccion del tribunal.

Chile. Corte de Apelaciones de Santiago

Corte de Apelaciones de Santiago. Derecho penal. Tipo penal. Dolo o malicia. Maniobras deben buscar desfigurar verdadero monto de ingresos para con ello obtener liquidación de impuesto inferior al que corresponda. Apreciación de la prueba. Conviccion del tribunal.

Publicado En: Revista Chilena de Derecho y Ciencias Penales, v.2 n.3 , 2013, 291-294

Exigencias subjetivas (maliciosamente, "dolo civil", "dolo penal") (sentencias clasificadas)

Chile. Corte Suprema

Exigencias subjetivas (maliciosamente, "dolo civil", "dolo penal") (sentencias clasificadas)

Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 123-129

Comentario de la SCS de 5 de enero de 2016 (rol nº 1446-2015)

Muñoz Albónico, Felipe A.

Comentario de la SCS de 5 de enero de 2016 (rol nº 1446-2015)

Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 81-99

Delito previsto y sancionado en el art. 196 a bis de la ley N°18.290 Carga de la prueba. No se puede sancionar si no se logra tipificar el delito. Delitos tributarios. Responsabilidad del gerente. Falta de convicción. Sentencia absolutoria

Pino reyes, Octavio

Delito previsto y sancionado en el art. 196 a bis de la ley N°18.290 Carga de la prueba. No se puede sancionar si no se logra tipificar el delito. Delitos tributarios. Responsabilidad del gerente. Falta de convicción. Sentencia absolutoria

Publicado En: Revista de ciencias penales, v.41 n.1 , 2014, 201-203

Delito del artículo 97 Nº 4 incisos 1º y 2º del Código Tributario. Delitos tributarios: malicia constituye el elemento subjetivo del tipo penal. Infracción del artículo 456 bis del Código de procedimiento penal no puede ser invocada para un recurso de casación en el fondo. Calificación de minorante de responsabilidad. No puede existir una errada calificación acerca de un asunto que queda entregado de modo privativo y soberano al criterio de los jueces de la instancia.

Reyes Romero, Italo

Delito del artículo 97 Nº 4 incisos 1º y 2º del Código Tributario. Delitos tributarios: malicia constituye el elemento subjetivo del tipo penal. Infracción del artículo 456 bis del Código de procedimiento penal no puede ser invocada para un recurso de casación en el fondo. Calificación de minorante de responsabilidad. No puede existir una errada calificación acerca de un asunto que queda entregado de modo privativo y soberano al criterio de los jueces de la instancia.

Publicado En: Revista de ciencias penales, v.42 n.4 , 2015, 187-202