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Resultados para: TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES
Delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Control de identidad. Presupuestos. Garantías. Teoría del "árbol envenenado". Arts. 1°, 5°, 9° y 85 CPP, 1° CP

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó

Delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Control de identidad. Presupuestos. Garantías. Teoría del "árbol envenenado". Arts. 1°, 5°, 9° y 85 CPP, 1° CP

Publicado En: Revista procesal penal, n.49 , 2006, Jul, 55 - 81

Tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Plazo de 24 horas para entregar sustancias incautadas al Servicio de Salud - Infracción - Efectos - Vulneración de garantías fundamentales - Debido proceso - Cadena de custodia - Sanción administrativa - Valoración de prueba ilícita por tribunal. Arts. 41 y 42 ley N° 20.000

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique

Tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Plazo de 24 horas para entregar sustancias incautadas al Servicio de Salud - Infracción - Efectos - Vulneración de garantías fundamentales - Debido proceso - Cadena de custodia - Sanción administrativa - Valoración de prueba ilícita por tribunal. Arts. 41 y 42 ley N° 20.000

Publicado En: Revista procesal penal, n.61 , 2007, Jul, 120 - 132

Tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Principio de congruencia - Discrepancia entre hechos probados y acusación - Acreditación de supuestos fácticos de la acusación - Inexistencia de incongruencia procesal - Quebrantamiento de condena - Delito autónomo - Agravante de responsabilidad penal - Principio non bis in ídem. Arts. 341 CPP; 12 N° 14 y 90 CP

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique

Tráfico ilícito de estupefacientes. Juicio oral. Principio de congruencia - Discrepancia entre hechos probados y acusación - Acreditación de supuestos fácticos de la acusación - Inexistencia de incongruencia procesal - Quebrantamiento de condena - Delito autónomo - Agravante de responsabilidad penal - Principio non bis in ídem. Arts. 341 CPP; 12 N° 14 y 90 CP

Publicado En: Revista procesal penal, n.61 , 2007, Jul, 168 - 181

Condena a cuatro acusados, como autores del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, a dos de ellos a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por concurrir en su favor la atenuante del artículo 11 n° 6 y a los dos restantes, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por perjudicarles una agravante. Asimismo, todos ellos son condenados al pago de una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena

Condena a cuatro acusados, como autores del delito de tráfico ilícito de estupefacientes, a dos de ellos a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por concurrir en su favor la atenuante del artículo 11 n° 6 y a los dos restantes, a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por perjudicarles una agravante. Asimismo, todos ellos son condenados al pago de una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.9 , 2002, Mar, 43-51

Condena a uno de los acusados a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, al pago de una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y a la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y al pago de las costas de la causa, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes; absuelve al otro de los acusados, condenando en costas al Ministerio Público

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena

Condena a uno de los acusados a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, al pago de una multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, y a las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y a la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, y al pago de las costas de la causa, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes; absuelve al otro de los acusados, condenando en costas al Ministerio Público

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.11 , 2002, Jun, 57-62

Condena al acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales como autor del delito de robo con fuerza en lugar destinado a la habitación; a la pena de sesenta días de prisión en su grado máximo y accesorias legales como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, y a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de 40 U.T.M. y accesorias legales como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Es condenado, también, al pago de las costas de la causa

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena

Condena al acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y accesorias legales como autor del delito de robo con fuerza en lugar destinado a la habitación; a la pena de sesenta días de prisión en su grado máximo y accesorias legales como autor del delito de tenencia ilegal de arma de fuego, y a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, multa de 40 U.T.M. y accesorias legales como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes. Es condenado, también, al pago de las costas de la causa

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.18 , 2004, Mar, 57-70

Declara que la exigencia del artículo 92 del Código Penal para aplicar las agravantes del artículo 12, del mismo código, se refiere únicamente al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por el delito cometido anteriormente, sin que obste a su apreciación el aparente incumplimiento de penas accesorias

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena

Declara que la exigencia del artículo 92 del Código Penal para aplicar las agravantes del artículo 12, del mismo código, se refiere únicamente al cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por el delito cometido anteriormente, sin que obste a su apreciación el aparente incumplimiento de penas accesorias

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.27 , 2006, Jun, 61-69

La expresión "pequeñas cantidades" del artículo 4 de la ley 20.000 exige que el peligro creado para la salud pública es insignificante

Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena

La expresión "pequeñas cantidades" del artículo 4 de la ley 20.000 exige que el peligro creado para la salud pública es insignificante

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.28 , 2006, Sep, 28-38