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Resultados para: DEBIDO PROCESO,PRINCIPIO DE CONGRUENCIA,ACCIÓN PENAL
Matus Acuña, Jean Pierre
Delito previsto y sancionado en art. 9 Decreto ley N°2.695. Ministerio Público. Inexcusabilidad de la persecución. Mecanismo de discrecionalidad o descongestión restringida o reglada. Debido proceso. Principio de congruencia. Sólo es posible ejercicio de la acción penal por parte del ofendido cuando ha existido formalización previa. Formalización de la investigación: actuación exclusiva y soberana del Ministerio Público
Publicado En: Revista Chilena de Derecho y Ciencias Penales, v.2 n.4 , 2013, 261-266