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La inamovilidad judicial no es un derecho absoluto: un juzgador puede ser destituido siempre que se haga con base en causales previamente establecidas y siguiendo un procedimiento en el que se respeten las garantías pertinentes. Extracto de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, 24 de enero de 2014

Costa Rica. Sala Constitucional de la Corte Suprema

La inamovilidad judicial no es un derecho absoluto: un juzgador puede ser destituido siempre que se haga con base en causales previamente establecidas y siguiendo un procedimiento en el que se respeten las garantías pertinentes. Extracto de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica, 24 de enero de 2014

Publicado En: Diálogo jurisprudencial, n.17 , 2014, Jul-Dic, 127-184

Costa Rica: El Debido Proceso

Costa Rica: El Debido Proceso

Publicado En: Anuario de derecho constitucional latinoamericano, 2000, N/A, 589-610