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Resultados para: DETERMINACIÓN DE LA PENA
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Fallo en procedimiento abreviado. alcance del artículo 412 del código procesal penal
Publicado En: Gaceta jurídica, n.355 , 2010, Ene, 204-207
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Hurto y otros delitos. I. agravante de responsabilidad de reincidencia específica. Hurto y robo con intimidación no permiten configurar esta agravante. II. Determinación de la pena. . Delitos de distinta especie. Acumulación material de penas. Improcedencia de la regla sobre reiteración de delitos de la misma especie
Publicado En: Gaceta jurídica, n.391 , 2013, Ene, 183-184
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Ley penal más favorable. Error de derecho determinante en la aplicación de la pena
Publicado En: Gaceta jurídica, n.367 , 2011, Ene, 181-183
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
No existe oposición entre contenido normativo del art.450 del código penal y regla del art.21 de ley N°20.084
Publicado En: Leyes y Sentencias. revista de legislación y jurisprudencia, n.94 , 2009, 16-31 Oct, 78-81
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Pena compuesta de dos o má grados. concurrencia de dos o más atenuantes. Discrecionalidad de rebaja de pena y otorgamiento de penas alternativas (recurso de nulidad adminisible)
Publicado En: Gaceta jurídica, n.355 , 2010, Ene, 196
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Procedimiento abreviado. Oportunidad en que el Ministerio Público puede solicitar la aplicación del procedimiento abreviado. Para la determinación de la pena el sentenciador no se encuentra limitado en sus facultades legales por la sanción concreta solicitada por el Ministerio Público
Publicado En: Gaceta jurídica, n.382 , 2012, Abr, 208-211
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Responsabilidad penal adolescente. Diferencia con el sistema general de penalidad de adultos
Publicado En: Gaceta jurídica, n.353 , 2009, Nov, 187-190
Chile. Corte de Apelaciones de Valdivia
Señala que en virtud de lo dispuesto en el artículo 395 del código procesal penal, en un juicio simplificado el Tribunal debe dictar sentencia, no procediendo abrir un debate o admitir pruebas que tergiversen los hechos señalando en el requerimiento. El Tribunal sólo puede autorizar la incorporación de antecedentes que sirvan para la determinación de la pena.
Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.31 , 2007, Jun, 198-199