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Resultados para: Pino reyes, Octavio
Autoría mediata por dirección del instrumento doloso, a través de un aparato de organización de poder - Corte de Apelaciones de San Miguel, 7/06/2022

Pino reyes, Octavio

Autoría mediata por dirección del instrumento doloso, a través de un aparato de organización de poder - Corte de Apelaciones de San Miguel, 7/06/2022

Publicado En: Revista de ciencias penales, n.1 , 2023, 51-60

Cuasidelito de homicidio - conocimiento de los recursos en el nuevo proceso penal. Vista y prueba del recurso de nulidad. Corte no puede interiorizarse de los registros del juicio en forma privada. Tribunal no puede duplir lap rueba  que el recurrente ofreció, pero no produjo. Vulneración del debido proceso, del derecho al juez imparcial y del principio de contradicción

Pino reyes, Octavio

Cuasidelito de homicidio - conocimiento de los recursos en el nuevo proceso penal. Vista y prueba del recurso de nulidad. Corte no puede interiorizarse de los registros del juicio en forma privada. Tribunal no puede duplir lap rueba que el recurrente ofreció, pero no produjo. Vulneración del debido proceso, del derecho al juez imparcial y del principio de contradicción

Publicado En: Revista Chilena de Derecho y Ciencias Penales, v.2 n.2 , 2013, 139-147

Robo con intimidación. Deber de fundamentar la sentencia. I. Valoración probatoria de acuerdo a la sana crítica. Principio lógico de la razón suficiente como guía del juez en el proceso intelectual durante el razonamiento probatorio. Concepto del principio de no contradicción. Vicio de contradicción en la motivación de la sentencia solo ocurre en presencia de argumentaciones contrastantes. Contenido del derecho a la prueba. Juez está facultado para escoger de entre la prueba incorporada a la causa aquella que sea relevante para arribar a una convicción.
II. Voto disidente: Sentencia impugnada dictada con infracción al principio lógico de razón suficiente. Las pruebas de cargo "testimonio de las víctimas" son confusas y débiles para llegar a la convicción condenatoria

Pino reyes, Octavio

Robo con intimidación. Deber de fundamentar la sentencia. I. Valoración probatoria de acuerdo a la sana crítica. Principio lógico de la razón suficiente como guía del juez en el proceso intelectual durante el razonamiento probatorio. Concepto del principio de no contradicción. Vicio de contradicción en la motivación de la sentencia solo ocurre en presencia de argumentaciones contrastantes. Contenido del derecho a la prueba. Juez está facultado para escoger de entre la prueba incorporada a la causa aquella que sea relevante para arribar a una convicción. II. Voto disidente: Sentencia impugnada dictada con infracción al principio lógico de razón suficiente. Las pruebas de cargo "testimonio de las víctimas" son confusas y débiles para llegar a la convicción condenatoria

Publicado En: Revista de ciencias penales, v.47 n.1 , 2020, 321-344

Delito previsto y sancionado en el art. 196 a bis de la ley N°18.290 Carga de la prueba. No se puede sancionar si no se logra tipificar el delito. Delitos tributarios. Responsabilidad del gerente. Falta de convicción. Sentencia absolutoria

Pino reyes, Octavio

Delito previsto y sancionado en el art. 196 a bis de la ley N°18.290 Carga de la prueba. No se puede sancionar si no se logra tipificar el delito. Delitos tributarios. Responsabilidad del gerente. Falta de convicción. Sentencia absolutoria

Publicado En: Revista de ciencias penales, v.41 n.1 , 2014, 201-203

Discrecionalidad en la aplicación de los artículos 67 y 68 del código penal. Facultatividad de las reglas enunciadas en los artículos 67 y 68 del código penal. Interpretación de la voz "podrá" contenida en los artículos 67 y 68 del código penal. Delito de homicidio

Pino reyes, Octavio

Discrecionalidad en la aplicación de los artículos 67 y 68 del código penal. Facultatividad de las reglas enunciadas en los artículos 67 y 68 del código penal. Interpretación de la voz "podrá" contenida en los artículos 67 y 68 del código penal. Delito de homicidio

Publicado En: Gaceta jurídica, n.378 , 2011-Dic, 260-267

Estafa. recurso de nulidad. Invocación de causales conjuntas. Rechazo de una de las causales invocadas conjuntamente no condiciona el destino de las demás. Tribunal ad quem debe fundamentar adecuadamente cada una de las causales. Existe voto de prevención

Pino reyes, Octavio

Estafa. recurso de nulidad. Invocación de causales conjuntas. Rechazo de una de las causales invocadas conjuntamente no condiciona el destino de las demás. Tribunal ad quem debe fundamentar adecuadamente cada una de las causales. Existe voto de prevención

Publicado En: Gaceta jurídica, n.374 , 2011, Ago, 255-264

Exclusión de pruebas. Seguridad de un penal. Revisión al ingreso. Examen superficial de ropas.

Pino reyes, Octavio

Exclusión de pruebas. Seguridad de un penal. Revisión al ingreso. Examen superficial de ropas.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.384 , 2012, Jun, 180-184

Facultades del abogado querellante particular. Derechos  especiales del abogado querellante cuando es el único sostenedor de la acusación penal en ausencia del Ministerio. Presencia del abogado querellante es un requisito de validez de la audiencia cuando este es el único que sostiene la acción penal. Derecho de la víctima al debido proceso y a la defensa del letrado que sostiene la acusación. La imagen escaneada de un certificado enviada por correo electrónico constituye una "copia simple" y no puede ser tildada de precaria. La audiencia de juicio constituye la etapa procesal en que se desarrolla el juicio y la víctima tiene el derecho exclusivo de designar al abogado que la represente

Pino reyes, Octavio

Facultades del abogado querellante particular. Derechos especiales del abogado querellante cuando es el único sostenedor de la acusación penal en ausencia del Ministerio. Presencia del abogado querellante es un requisito de validez de la audiencia cuando este es el único que sostiene la acción penal. Derecho de la víctima al debido proceso y a la defensa del letrado que sostiene la acusación. La imagen escaneada de un certificado enviada por correo electrónico constituye una "copia simple" y no puede ser tildada de precaria. La audiencia de juicio constituye la etapa procesal en que se desarrolla el juicio y la víctima tiene el derecho exclusivo de designar al abogado que la represente

Publicado En: Gaceta jurídica, n.381 , 2012, Mar, 304-311