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Resultados para: BIEN JURÍDICO
Chahuán, Guillermo
Microtráfico. Bien jurídico protegido es la salud pública. Ministerio Público debe acreditar la peligrosidad colectiva para la salud pública de la sustancia incautada. Necesidad de contar con el protocolo de análisis de pureza de la groga. Voto disidente: pureza de la droga incautada no constituye una exigencia del tipo penal. protocolo de análisis de la pureza de la droga permite al juez tener un mejor conocimiento de las características de la droga incautada
Publicado En: Revista de ciencias penales, v.43 n.1 , 2016, 401-414
Chile. Corte de Apelaciones de La Serena
Acción sexual, concepto - Requisitos - Connotación sexual del comportamiento - Relevancia del hecho - Aproximación corporal con la víctima - Agente que besa en la boca a víctima - Bien jurídico protegido - Indemnidad sexual - Alcance a la expresión "aunque no hubiera contacto corporal" - Tomar de la cintura a una menor - Error de derecho. Arts. 366 bis y 366 ter CP; 373 letra b) CPP.
Publicado En: Revista procesal penal, n.69 , 2008, Mar, 23 - 35
Chile. Corte de Apelaciones de Santiago
Tráfico ilícito de estupefacientes. Recurso de nulidad, acogido. Porte o tenencia de drogas en lugares públicos - Lesión al bien jurídico protegido - Figura de peligro. Arts. 50 ley N° 20.000; 373 b) C.P.P
Publicado En: Revista procesal penal, n.55 , 2007, Ene, 43 - 45
Chile. Corte Suprema
Causa rol N° 4949-2015, sentencia de 4 de junio de 2015. acogió recurso de nulidad fundado en la causal de la letra b) del artículo 373 del cpp, por errónea aplicación del artículo 8 ° de la ley N°20.000 primera causal subsidiaria (sin pronunciarse respecto de la causal principal de la letra a del artículo 373, por estimar que su fundamento es coincidente con la que acoge, considerando 4°). nulidad del fallo y sentencia de reemplazo absolutoria
Publicado En: Revista de la Justicia Penal, n.10 , 2014, oct, 237-253
Chile. Corte Suprema
Cultivo de cannabis: I. Bien jurídico protegido es la salud pública. Principio de lesividad como límite del ius puniendi estatal. Necesidad de examinar si la conducta significó un riego para el bien jurídico protegido. Examen de la producción del resultado de peligro resulta imperioso tratándose del delito de cultivo de cannabis. Delito de cultivo público. Reconocimiento de la autodeterminación sobre los riesgos a la propia salud. II. Justificación de que las especies vivas del género cannabis están destinadas al uso o consumo personal y exclusivo próximo en el tiempo. Consumo de mariguana para mitiga el dolo crónico. Consumo de marihuana destinado a atenuar dolencias físicas. Inexistencia de conductas lesivas del bien jurídica salud pública.
Publicado En: Gaceta jurídica, n.430 , 2016, Abr, 207-211
Chile. Tribunal de Garantía de Santiago
Estafa. Asociación ilícita - Delito de peligro común, formal y permanente - Bienes jurídicos protegidos - Orden y seguridad pública - Antecedentes históricos de la norma - Requisitos del delito - creación de sociedad y contratación de personal - Circunstancias que integran el ardid - Calificación jurídica de estafa - Calidad de delito reiterado de estafa. Arts. 292, 293, 294, 467 y 468 CP.
Publicado En: Revista procesal penal, n.66 , 2007, Dic, 146-153
Chile. Tribunal de Garantía de Santiago
Homicidio simple. Procedimiento abreviado. Protección del bien jurídico vida - Pena asignada al delito de homicidio - Facultad del tribunal para recorrer la pena. Arts. 68, 391 N° 2 CP
Publicado En: Revista procesal penal, n.57 , 2007, Mar, 223 - 235
Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta
Tráfico ilícito de estupefacientes. Guardador - Encubrimiento - Dolo del agente encubridor - Propagación de las sustancias en la sociedad - Realización de actividades con posterioridad al hecho ilícito - Objeto del encubrimiento - Carácter de delito autónomo del encubrimiento - Bien jurídico conculcado con el encubrimiento - Administración de justicia - Aplicación general de las normas sobre participación criminal. Arts. 17 CP; 3° ley N° 20.000.
Publicado En: Revista procesal penal, n.67 , 2008, Ene, 87-99