Gaceta jurídica

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Homicidio. I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. II. Existencia de denuncia efectuada por una testigo de oídas. Facultad de la policía para identificar a los testigos y consignar las declaraciones que éstos prestaren voluntariamente. Procedencia de la detención en caso de flagrancia. Procedencia de entrada y registro a lugar de libre acceso público.

Chile. Corte Suprema

Homicidio. I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. II. Existencia de denuncia efectuada por una testigo de oídas. Facultad de la policía para identificar a los testigos y consignar las declaraciones que éstos prestaren voluntariamente. Procedencia de la detención en caso de flagrancia. Procedencia de entrada y registro a lugar de libre acceso público.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.476 , 2020, Feb, 18 h.

Hurto. I. Sistemas de seguridad y vigilancia de los establecimientos comerciales están obligados a respetar la dignidad y derechos de las personas. II. Delito flagrante. Facultad de los particulares para detener al delincuente y entregarlo a la policía u otra autoridad. III. Particular no está autorizado a obtener evidencia incriminatoria desde las pertenencias del imputado. Vulneración del debido proceso. Prueba ilegal.

Chile. Corte Suprema

Hurto. I. Sistemas de seguridad y vigilancia de los establecimientos comerciales están obligados a respetar la dignidad y derechos de las personas. II. Delito flagrante. Facultad de los particulares para detener al delincuente y entregarlo a la policía u otra autoridad. III. Particular no está autorizado a obtener evidencia incriminatoria desde las pertenencias del imputado. Vulneración del debido proceso. Prueba ilegal.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.476 , 2020, Feb, 11 h.

Microtráfico. Mero abandono de un pequeño bolso en un lugar público no constituye indicio para realizar control de identidad. Abandono de un pequeño bulto en un lugar donde se presenta consumo y tráfico de drogas no constituye indicio de actividad delictiva. Actuación de la policía fuera de su marco legal y de sus competencias.

Chile. Corte Suprema

Microtráfico. Mero abandono de un pequeño bolso en un lugar público no constituye indicio para realizar control de identidad. Abandono de un pequeño bulto en un lugar donde se presenta consumo y tráfico de drogas no constituye indicio de actividad delictiva. Actuación de la policía fuera de su marco legal y de sus competencias.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.476 , 2020, Feb, 6 h.

Robo de vehículo motorizado. I. Detención de adolescente en caso de flagrancia. Declaración auto inculpatoria sin la presencia de abogado defensor. II. Infracción al artículo 31 de la Ley N° 20.084. Vulneración al debido proceso.

Corte Suprema

Robo de vehículo motorizado. I. Detención de adolescente en caso de flagrancia. Declaración auto inculpatoria sin la presencia de abogado defensor. II. Infracción al artículo 31 de la Ley N° 20.084. Vulneración al debido proceso.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.476 , 2020, Feb, 6 h.