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Porte ilegal de arma de fuego: I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. II. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Descender de un vehículo y caminar en sentido contrario a los policías en un sector conflictivo no constituye un indicio suficiente para la realización del control de identidad. Reconocimiento del imputado de portar un arma no valida ex post el control de identidad. Vulneración del debido proceso. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales.

Chile. Corte Suprema

Porte ilegal de arma de fuego: I. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. II. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Descender de un vehículo y caminar en sentido contrario a los policías en un sector conflictivo no constituye un indicio suficiente para la realización del control de identidad. Reconocimiento del imputado de portar un arma no valida ex post el control de identidad. Vulneración del debido proceso. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.430 , 2016, Abr, 184-193

Porte ilegal de arma de fuego: Sola existencia de diferencias entre los registros de la investigación y la declaración de los testigos en el juicio oral no configura la causal de nulidad de infracción de derechos constitucionales. Existencia de herramientas para aclarar o confrontar los testimonios con los registros previos y para refutarlos mediante nueva prueba.

Chile. Corte Suprema

Porte ilegal de arma de fuego: Sola existencia de diferencias entre los registros de la investigación y la declaración de los testigos en el juicio oral no configura la causal de nulidad de infracción de derechos constitucionales. Existencia de herramientas para aclarar o confrontar los testimonios con los registros previos y para refutarlos mediante nueva prueba.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.430 , 2016, Abr, 201-206

Rechaza el amparo deducido por la Defensa por encontrarse la detención del condenado ajustada a derecho, de acuerdo a lo establecido en los artículos 467 y siguientes en relación con el artículo 154 letra c) del Código Procesal Penal

Chile. Corte Suprema

Rechaza el amparo deducido por la Defensa por encontrarse la detención del condenado ajustada a derecho, de acuerdo a lo establecido en los artículos 467 y siguientes en relación con el artículo 154 letra c) del Código Procesal Penal

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.25 , 2005, Dic, 173-174

Resuelve la cuestión de competencia, en voto dividido, estableciendo que el Tribunal competente para conocer del porte de armamiento prohibido es el Juzgado Militar

Chile. Corte Suprema

Resuelve la cuestión de competencia, en voto dividido, estableciendo que el Tribunal competente para conocer del porte de armamiento prohibido es el Juzgado Militar

Publicado En: Boletín del Ministerio Público, n.18 , 2004, Mar, 122-123

Tenencia de municiones. Proscripción de la prueba ilícita. Sólo la prueba conseguida con observancia de las garantías constitucionales resulta válida para la decisión de condena. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Advertir la presencia de un sujeto en un lugar determinado no constituye indicio suficiente para la realización del control de identidad. Vulneración del debido proceso. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales.

Chile. Corte Suprema

Tenencia de municiones. Proscripción de la prueba ilícita. Sólo la prueba conseguida con observancia de las garantías constitucionales resulta válida para la decisión de condena. Exigencia de indicios en número plural para la realización del control de identidad. Advertir la presencia de un sujeto en un lugar determinado no constituye indicio suficiente para la realización del control de identidad. Vulneración del debido proceso. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.436 , 2016, Oct, 177-188

Tenencia ilegal de arma de fuego. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Visualización de un revólver desde el exterior del inmueble carece de plausibilidad. Acercamiento de los funcionarios policiales a una distancia bastante próxima a la puerta del acceso del inmueble. Vulneración del debido proceso y de la inviolabilidad del hogar. Inexistencia de situación de flagrancia. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales

Chile. Corte Suprema

Tenencia ilegal de arma de fuego. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Visualización de un revólver desde el exterior del inmueble carece de plausibilidad. Acercamiento de los funcionarios policiales a una distancia bastante próxima a la puerta del acceso del inmueble. Vulneración del debido proceso y de la inviolabilidad del hogar. Inexistencia de situación de flagrancia. Contaminación de toda la prueba derivada de aquella obtenida con vulneración de derechos fundamentales

Publicado En: Gaceta jurídica, n.438 , 2016, Dic, 196-206

Tenencia ilegal de arma de fuego. Derecho al debido proceso. Aspectos que contempla el derecho al debido proceso. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. Improcedencia de la entrada y registro en lugar cerrado sin orden ni autorización cuando no existe indicio alguno de la comisión de un delito. Entrada y registro en lugar cerrado e incautación de evidencia  realizada al margen de la ley. Extralimitación de la policía al registrar el interior de la casa habitación ubicada en el inmueble donde habían sido  autorizados para ingresar. Vulneración del debido proceso y del derecho a la inviolabilidad del hogar

Chile. Corte Suprema

Tenencia ilegal de arma de fuego. Derecho al debido proceso. Aspectos que contempla el derecho al debido proceso. Actuación de la policía, por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Actuaciones de la policía sin orden previa. Improcedencia de la entrada y registro en lugar cerrado sin orden ni autorización cuando no existe indicio alguno de la comisión de un delito. Entrada y registro en lugar cerrado e incautación de evidencia realizada al margen de la ley. Extralimitación de la policía al registrar el interior de la casa habitación ubicada en el inmueble donde habían sido autorizados para ingresar. Vulneración del debido proceso y del derecho a la inviolabilidad del hogar

Publicado En: Gaceta jurídica, n.426 , 2015, Dic, 183-194

Tenencia ilegal de arma de fuego. Legitimación de la decisión jurisdiccional está condicionada a la existencia de un pronunciamiento que sea corolario de un procedimiento ajustado al debido proceso. Proscripción de la prueba ilícita. Actuación de la policía por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Hallazgo ocasional de arma de fuego con ocasión del cumplimiento de una orden de arresto. Autorización del encargado del inmueble para la realización de la diligencia de entrada y registro. Procedencia de la incautación de arma de fuego halladas ocasionalmente en la diligencia de entrada y registro. Procedencia de la detención en caso de flagrancia

Chile. Corte Suprema

Tenencia ilegal de arma de fuego. Legitimación de la decisión jurisdiccional está condicionada a la existencia de un pronunciamiento que sea corolario de un procedimiento ajustado al debido proceso. Proscripción de la prueba ilícita. Actuación de la policía por regla general, se realiza bajo las instrucciones del Ministerio Público. Hallazgo ocasional de arma de fuego con ocasión del cumplimiento de una orden de arresto. Autorización del encargado del inmueble para la realización de la diligencia de entrada y registro. Procedencia de la incautación de arma de fuego halladas ocasionalmente en la diligencia de entrada y registro. Procedencia de la detención en caso de flagrancia

Publicado En: Gaceta jurídica, n.436 , 2016, Oct, 210-211