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Resultados para: DELITOS TRIBUTARIOS
Chile. Corte de Apelaciones de Valdivia
Infracción del Articulo 97 N° 4 Inciso 2° del Código Tributario. Aplicación de los principios generales del Derecho Penal al Derecho Administrativo sancionatorio. Atenuación de los principios del Derecho Penal atendida la distinta naturaleza y gravedad de los bienes jurídicos cautelados. Improcedencia de exigir en sede tributaria el estándar de convicción exigido en sede penal. Carga de la prueba para acreditar la infracción tributaria recae sobre el SII. Facturas timbradas con posterioridad a las transacciones cuya existencia pretende demostrar el denunciado. Falsedad ideológica de las facturas.
Publicado En: Gaceta jurídica, n.433 , 2016, Jun, 285-291
Chile. Corte Suprema
Delitos tributarios (Sentencias clasificadas)
Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 113-119
Chile. Corte Suprema
"Multa tributaria" y multa penal (Sentencias clasificadas)
Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 131-135
Chile. Corte Suprema
Prescripción de la acción (Sentencias clasificadas)
Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 137-139
Chile. Corte Suprema
Exigencias subjetivas (maliciosamente, "dolo civil", "dolo penal") (sentencias clasificadas)
Publicado En: Doctrina y Jurisprudencia Penal , n.38 , 2019, 123-129
Chile. Corte Suprema
Delito del Artículo 97 N° 4 incisos 1° y 2°del Código del Tributario. Prescripción debe continuar como si no hubiese suspendido por la detención del pleito por el lapso de tres años. Cualquier detención del curso del procedimiento produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Pasividad del tribunal por el lapso de tres años produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Pasividad del tribunal por el lapso de tres años produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. Transcurso del plazo de prescripción de diez años de los crímenes.
Publicado En: Gaceta jurídica, n.433 , 2016, Jun, 262-269
Chile. Corte Suprema
Delito del artículo 97 N°4 del Código Tributario: I. Prescripción debe continuar como si no se hubiese suspendido por la detención del pleito por el lapso de tres años. Cualquier detención del curso del procedimiento produce la ineficiencia de la suspensión de la prescripción. Pasividad del tribunal por el lapso de tres años produce la ineficacia de la suspensión de la prescripción. II. Pasividad del tribunal durante casi una década. Actuaciones útiles llevadas a cabo en otras investigaciones en las cuales se tuvo a la vista el presente expediente no justifica la paralización del procedimiento. Transcurso del plazo de prescripción de diez años de los crímenes.
Publicado En: Gaceta jurídica, n.430 , 2016, Abr, 194-200
Chile. Corte Suprema
Delito tributario (artículo 97 N° 16 del Código Tributario). Pérdida de facturas de venta. Facultades de los directores regionales del Servicio de Impuestos Internos son delegables por cuanto no tienen carácter jurisdiccional. Recurso de casación en el fondo acogido
Publicado En: Gaceta jurídica, n.350 , 2009, Ago, 268-275