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Resultados para: CULTIVO DE ESTUPEFACIENTES
Chile. Corte Suprema
Cultivo ilegal de especies vegetales cometido en el contexto de un club cannábico. Denuncia anónima. Instrucciones generales del fiscal nacional
Publicado En: Revista jurídica del Ministerio Público, n.83 , 201, Dic, 34-46
Chile. Corte Suprema
Violación y cultivo de estupefacientes. I. Elementos del tipo penal de violación. II. Con relación al cultivo de estupefacientes. III. Recurso de nulidad declarado inadmisible
Publicado En: Gaceta jurídica, n.363 , 2010, Sep, 189-193
Chile. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago
Falta de siembra, plantación, cultivo o cosecha de especies vegetales del género cannabis u otras productoras de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Juicio Oral. Uso o consumo de droga - Consumo próximo en el tiempo - Aptitud del estupefaciente para ser consumido. Elementos constitutivos de falta. Arts. 8° y 50 ley N° 20.000
Publicado En: Revista procesal penal, n.49 , 2006, Jul, 200 - 208
Defensoría Penal Pública. Departamento de Estudios y Proyectos
Doctrina procesal penal 2020-2021 II
2022 239 p.
Solicitar como: 345.8305/D361/2022
Echeverría Ramírez, Germán
Derecho procesal penal- Corte Suprema. Cultivo ilegal de cannabis I. Obligación de fundamentar la sentencia en materia penal. Justificación específica de la opción de los sentenciadores. II Causal de nulidad de incumplimiento de los requisitos de la sentencia. Jueces que desatienden parte del material de convicción.
Publicado En: Revista Chilena de Derecho y Ciencias Penales, v.2 n.3 , 2013, 207-218
Estados Unidos. Corte Suprema
Corte Suprema de los estados Unidos de América - Derecho procesal penal. Uso de perros entrenados - Causa probable
Publicado En: Revista Chilena de Derecho y Ciencias Penales, v.2 n.3 , 2013, 309- 312
Fierro Morales, Claudio
La Corte Suprema y el autocultivo de marihuana
Publicado En: 93 La Revista de la Defensoría Penal Pública, n.15 , Dic-2016, 42-45
Marcazzolo Awad, Ximena
Cultivo de cannabis. Evitación de peligros concretos y lesiones es el motivo del legislador y no un requisito del tipo. Legislador sólo puede castigar conductas que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicos. Principio de lesividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Principio de ofensividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Artículo 50 de la ley de drogas recoge las situaciones en que no se pone en riesgo la salud pública. Ausencia de peligro puede presentarse incluso cuando tales conductas permiten acceder a la droga a más de una persona. Siembra, cultivo y consumo posterior de cannabis enmarcado dentro de las actividades y postulados de una organización. Miembros de la organización que se proveen a sí mismos de cannabis para su consumo.
Publicado En: Revista de ciencias penales, v.42 n.3 , 2015, 325-348