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Resultados para: Jurisprudencia
Tráfico ilícito de estupefacientes. Recurso de nulidad, rechazado. Punibilidad de la conspiración - Actos de ejecución - Agravante de reunión de delincuentes - Asociación ilícita - Dificultad de prueba - Amplitud de los términos. Arts.18 y 19 letra a) ley N°20.000; 8° CP; 373 letra b) CPP.

Chile. Corte de Apelaciones de Valparaíso

Tráfico ilícito de estupefacientes. Recurso de nulidad, rechazado. Punibilidad de la conspiración - Actos de ejecución - Agravante de reunión de delincuentes - Asociación ilícita - Dificultad de prueba - Amplitud de los términos. Arts.18 y 19 letra a) ley N°20.000; 8° CP; 373 letra b) CPP.

Publicado En: Revista procesal penal, n.60 , 2007, Jun, 68 - 72

Causa rol N° 4949-2015, sentencia de 4 de junio de 2015. acogió recurso de nulidad fundado en la causal de la letra b) del artículo 373 del cpp, por errónea aplicación del artículo 8 ° de la ley N°20.000 primera causal subsidiaria (sin pronunciarse respecto de la causal principal de la letra a del artículo 373, por estimar que su fundamento es coincidente con la que acoge, considerando 4°). nulidad del fallo y sentencia de reemplazo absolutoria

Chile. Corte Suprema

Causa rol N° 4949-2015, sentencia de 4 de junio de 2015. acogió recurso de nulidad fundado en la causal de la letra b) del artículo 373 del cpp, por errónea aplicación del artículo 8 ° de la ley N°20.000 primera causal subsidiaria (sin pronunciarse respecto de la causal principal de la letra a del artículo 373, por estimar que su fundamento es coincidente con la que acoge, considerando 4°). nulidad del fallo y sentencia de reemplazo absolutoria

Publicado En: Revista de la Justicia Penal, n.10 , 2014, oct, 237-253

Cultivo de cannabis. Evitación de peligros concretos y lesiones es el motivo del legislador y no un requisito del tipo. Legislador sólo puede castigar conductas que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicos. Principio de lesividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Principio de ofensividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Artículo 50 de la Ley de Drogas recoge las situaciones en que no se pone en riesgo la salud púbica. Ausencia de peligro puede presentarse incluso cuando tales conductas permiten acceder a la droga a más de una persona. Siembra, cultivo y consumo posterior de cannabis enmarcado dentro de las actividades y postulados de una organización. Miembros de la organización que se proveen a sí mismos de cannabis para su consumo.

Chile. Corte Suprema

Cultivo de cannabis. Evitación de peligros concretos y lesiones es el motivo del legislador y no un requisito del tipo. Legislador sólo puede castigar conductas que lesionan o ponen en peligro bienes jurídicos. Principio de lesividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Principio de ofensividad constituye uno de los límites del ius puniendi estatal. Artículo 50 de la Ley de Drogas recoge las situaciones en que no se pone en riesgo la salud púbica. Ausencia de peligro puede presentarse incluso cuando tales conductas permiten acceder a la droga a más de una persona. Siembra, cultivo y consumo posterior de cannabis enmarcado dentro de las actividades y postulados de una organización. Miembros de la organización que se proveen a sí mismos de cannabis para su consumo.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.420 , 2015, Jun, 233-236

Microtráfico. I. Nueva situación de flagrancia durante la investigación permite a la policía ejecutar acciones y diligencias establecidas en la ley. Delito de emprendimiento. No haber obtenido la detención en caso de flagrancia anteriormente no impide al Ministerio Público disponer de las herramientas de investigación que la ley prevé. II. Agente revelador como técnica investigativa en la instrucción de delitos relacionados con el tráfico de drogas. Diligencia de agente revelador no está restringida a ser utilizada en una sola oportunidad. Procedencia de la diligencia de entrada y registro ante una nueva hipótesis de flagrancia. IV. Voto disidente: Actuación de la policía producto de los resultados de la investigación, no de una situación de flagrancia. Improcedencia de la actuación de la policía sin orden previa

Chile. Corte Suprema

Microtráfico. I. Nueva situación de flagrancia durante la investigación permite a la policía ejecutar acciones y diligencias establecidas en la ley. Delito de emprendimiento. No haber obtenido la detención en caso de flagrancia anteriormente no impide al Ministerio Público disponer de las herramientas de investigación que la ley prevé. II. Agente revelador como técnica investigativa en la instrucción de delitos relacionados con el tráfico de drogas. Diligencia de agente revelador no está restringida a ser utilizada en una sola oportunidad. Procedencia de la diligencia de entrada y registro ante una nueva hipótesis de flagrancia. IV. Voto disidente: Actuación de la policía producto de los resultados de la investigación, no de una situación de flagrancia. Improcedencia de la actuación de la policía sin orden previa

Publicado En: Gaceta jurídica, n.441 , 2017, Mar, 211-214

Recurso de nulidad, rechazado. Tráfico ilícito de estupefacientes. Microtráfico. Cantidad. Estandares jurídicos. Jueces de la instancia. Facultades discrecionales. Artículos 19 N° 3 inc. 7° CPR; 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 9 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; artículo 18 CP, artículo 4° Ley N° 20.000; artículo 373 a) y b) CPP

Chile. Corte Suprema

Recurso de nulidad, rechazado. Tráfico ilícito de estupefacientes. Microtráfico. Cantidad. Estandares jurídicos. Jueces de la instancia. Facultades discrecionales. Artículos 19 N° 3 inc. 7° CPR; 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 9 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos; artículo 18 CP, artículo 4° Ley N° 20.000; artículo 373 a) y b) CPP

Publicado En: Revista procesal penal, n.46 , 2006, Abr, 27 - 30

Tráfico ilícito de estupefacientes. Dignidad de la persona humana - Debido proceso legal - Principio de presunción de inocencia - Presunción de derecho y presunción legal - Actividad de tráfico - Guardar sustancias estupefacientes - Prueba del hecho constitutivo de delito. Arts. 19 N° 3 CPR; 3° ley N° 20.000

Chile. Corte Suprema

Tráfico ilícito de estupefacientes. Dignidad de la persona humana - Debido proceso legal - Principio de presunción de inocencia - Presunción de derecho y presunción legal - Actividad de tráfico - Guardar sustancias estupefacientes - Prueba del hecho constitutivo de delito. Arts. 19 N° 3 CPR; 3° ley N° 20.000

Publicado En: Revista procesal penal, n.72 , 2008, Jun, 37 - 42

Microtráfico. Procedimiento abreviado. Rebaja de penalidad del artículo 1° inciso 2° de la Ley de Drogas - Distinción en consideración a la naturaleza de la droga - Improcedencia en el delito de microtráfico - Delito con penalidad específica - Reglas sobre exención, rebaja y sustitución de la multa - Aplicación sólo al caso de las faltas de la Ley de Drogas. Trato benévolo del legislador a quien consume o porta drogas. Arts. 1° inciso 2°, 4° y 52 ley N° 20.000

Chile. Tribunal de Garantía de Colina

Microtráfico. Procedimiento abreviado. Rebaja de penalidad del artículo 1° inciso 2° de la Ley de Drogas - Distinción en consideración a la naturaleza de la droga - Improcedencia en el delito de microtráfico - Delito con penalidad específica - Reglas sobre exención, rebaja y sustitución de la multa - Aplicación sólo al caso de las faltas de la Ley de Drogas. Trato benévolo del legislador a quien consume o porta drogas. Arts. 1° inciso 2°, 4° y 52 ley N° 20.000

Publicado En: Revista procesal penal, n.63 , 2007, Sep, 189 - 190

Tráfico ilícito de drogas. Procedimiento abreviado. Calificación Jurídica del delito - Microtráfico - Insuficiencia del simple criterio aritmético - Incautación de distintas especies - Nivel de vida y comodidades de los acusados - Imposibilidad de explicar la obtención de bienes. Arts. 1°, 3° y 4° ley N° 20.000

Chile. Tribunal de Garantía de Colina

Tráfico ilícito de drogas. Procedimiento abreviado. Calificación Jurídica del delito - Microtráfico - Insuficiencia del simple criterio aritmético - Incautación de distintas especies - Nivel de vida y comodidades de los acusados - Imposibilidad de explicar la obtención de bienes. Arts. 1°, 3° y 4° ley N° 20.000

Publicado En: Revista procesal penal, n.60 , 2007, Jun, 199 - 221