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Resultados para: DEBIDO PROCESO
La Excma. Corte Suprema, por sentencia de 7 de enero de 2014, que incidió en la causa rol  N°12494-13, rechazó recurso de nulidad planteado por la defensa fundado en varias causales, la principal del artículo 373 letra a) del código procesal penal, por supuesta afectación del debido proceso y derecho de defensa, por falta de sustancialidad, no obstante haber dado por concurrente la infracción denunciada consistente en la consulta  efectuada po el policía sobre su responsabilidad sin presencia de abogado defensor y fuera de las situaciones especiales que lo autorizan a requerir antecedentes de identificación del mismo, o a través de delegación del fiscal, además por no haber registrado la repsuesta inculpatoria. Desestimó la causal subsidiaria, por supuesto defecto de incongruencia, precisando el sentido de la misma. Finalmente, descartó causal del artículo 374 letra e)  del ya citado código

Chile. Corte Suprema

La Excma. Corte Suprema, por sentencia de 7 de enero de 2014, que incidió en la causa rol N°12494-13, rechazó recurso de nulidad planteado por la defensa fundado en varias causales, la principal del artículo 373 letra a) del código procesal penal, por supuesta afectación del debido proceso y derecho de defensa, por falta de sustancialidad, no obstante haber dado por concurrente la infracción denunciada consistente en la consulta efectuada po el policía sobre su responsabilidad sin presencia de abogado defensor y fuera de las situaciones especiales que lo autorizan a requerir antecedentes de identificación del mismo, o a través de delegación del fiscal, además por no haber registrado la repsuesta inculpatoria. Desestimó la causal subsidiaria, por supuesto defecto de incongruencia, precisando el sentido de la misma. Finalmente, descartó causal del artículo 374 letra e) del ya citado código

Publicado En: Revista de la Justicia Penal, n.9 , 2013, Oct, 107-113

Legitimidad del Ministerio Público para interponer recurso de nulidad por infracciones a la garantía del debido proceso

Chile. Corte Suprema

Legitimidad del Ministerio Público para interponer recurso de nulidad por infracciones a la garantía del debido proceso

Publicado En: Revista procesal penal, n.41 , 2005, Nov, 45 - 50

Lesiones graves. consideraciones sobre la garantía del "debido proceso" Recurso de nulidad rechazado. Hay voto en contra.

Chile. Corte Suprema

Lesiones graves. consideraciones sobre la garantía del "debido proceso" Recurso de nulidad rechazado. Hay voto en contra.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.359 , 2010, May, 161-168

Manejo en estado de ebriedad. Garantía del debido proceso. No vulnera el debido proceso el receso de la audiencia de juicio oral dispuesto por el Tribunal que permite que arribe el testigo de cargo. Voto disidente: Receso de la audiencia vulnera la imparcialidad del tribunal

Chile. Corte Suprema

Manejo en estado de ebriedad. Garantía del debido proceso. No vulnera el debido proceso el receso de la audiencia de juicio oral dispuesto por el Tribunal que permite que arribe el testigo de cargo. Voto disidente: Receso de la audiencia vulnera la imparcialidad del tribunal

Publicado En: Gaceta jurídica, n.407 , 2014, May, 192- 193

Meras coincidencias accidentales no habilitan a la policía para efectuar un control de identidad ni un registro de equipaje. Control de identidad llevado a cabo sin la existencia de indicios suficientes. Vulneración del debido proceso. Ilicitud de la prueba obtenida producto de un procedimiento de control de identidad defectuoso. Voto disidente: Estándar requerido para la realización del control de identidad es menor entidad que aquel requerido para condenar y para la detención en caso de flagrancia. Control de Identidad no requiere que la policía perciba circunstancias que inequívocamente den cuenta de la comisión del delito.

Chile. Corte Suprema

Meras coincidencias accidentales no habilitan a la policía para efectuar un control de identidad ni un registro de equipaje. Control de identidad llevado a cabo sin la existencia de indicios suficientes. Vulneración del debido proceso. Ilicitud de la prueba obtenida producto de un procedimiento de control de identidad defectuoso. Voto disidente: Estándar requerido para la realización del control de identidad es menor entidad que aquel requerido para condenar y para la detención en caso de flagrancia. Control de Identidad no requiere que la policía perciba circunstancias que inequívocamente den cuenta de la comisión del delito.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.423 , 2015, Sep, 217-219

Microtráfico. Derecho al debido proceso. Sentencia debe fundarse en prueba obtenida en forma legal. Agente revelador como técnica investigativa en la instrucción de delitos relacionados con el tráfico de drogas. Formalidades de la diligencia de agente revelador. Registro de la autorización para la actuación de agente revelador por parte del Fiscal no puede ser suplido por los registros o dichos de los funcionarios policiales. Registro de la autorización debe efectuarse por el mismo Fiscal que autorizó la actuación del agente revelador. Omisión del registro de la concesión de la autorización por parte del Fiscal. Vulneración del debido proceso.

Chile. Corte Suprema

Microtráfico. Derecho al debido proceso. Sentencia debe fundarse en prueba obtenida en forma legal. Agente revelador como técnica investigativa en la instrucción de delitos relacionados con el tráfico de drogas. Formalidades de la diligencia de agente revelador. Registro de la autorización para la actuación de agente revelador por parte del Fiscal no puede ser suplido por los registros o dichos de los funcionarios policiales. Registro de la autorización debe efectuarse por el mismo Fiscal que autorizó la actuación del agente revelador. Omisión del registro de la concesión de la autorización por parte del Fiscal. Vulneración del debido proceso.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.434 , 2016, Ago, 198-206

Microtráfico. I. Diligencia de investigación que priva al imputado del ejercicio de los derechos que la Constitución asegura, requiere autorización judicial previa. En casos urgentes, la autorización se puede solicitar y otorgar por cualquier medio idóneo. En caso de detención, se debe entregar al funcionario policial constancia de la autorización. II. Cumplimiento de la obligación de registro de la resolución que dispone la diligencia no admite excepciones. III. Ministerio Público no acreditó la existencia de la autorización para ingresar a domicilio del imputado. Medios de prueba obtenidos al interior de inmueble, adolecen de ilicitud. IV. Debido proceso. Incumplimiento del deber de que cada autoridad actúe dentro de los límites de sus propias atribuciones 16-05-2017

Chile. Corte Suprema

Microtráfico. I. Diligencia de investigación que priva al imputado del ejercicio de los derechos que la Constitución asegura, requiere autorización judicial previa. En casos urgentes, la autorización se puede solicitar y otorgar por cualquier medio idóneo. En caso de detención, se debe entregar al funcionario policial constancia de la autorización. II. Cumplimiento de la obligación de registro de la resolución que dispone la diligencia no admite excepciones. III. Ministerio Público no acreditó la existencia de la autorización para ingresar a domicilio del imputado. Medios de prueba obtenidos al interior de inmueble, adolecen de ilicitud. IV. Debido proceso. Incumplimiento del deber de que cada autoridad actúe dentro de los límites de sus propias atribuciones 16-05-2017

Publicado En: Gaceta jurídica, n.443 , 2017, v.p.

Microtráfico. Prueba obtenida debe conseguirse observando las garantías constitucionales. Técnica de investigación de agente revelador. Corresponde al ministerio Público autorizar a funcionarios policiales para desempeñar la calidad de agente revelador. Improcedencia de exigir el cumplimiento del deber de fundamentación de las resoluciones judiciales a la autorización del Fiscal para la actuación de agente revelador. Procedencia de omitir cierta información de los funcionarios policiales que ejecutan la técnica de agente revelador. Cumplimiento de los requisitos para la actuación de agente revelador. Respeto del debido proceso, de la inviolabilidad del hogar y de la libertad personal.

Chile. Corte Suprema

Microtráfico. Prueba obtenida debe conseguirse observando las garantías constitucionales. Técnica de investigación de agente revelador. Corresponde al ministerio Público autorizar a funcionarios policiales para desempeñar la calidad de agente revelador. Improcedencia de exigir el cumplimiento del deber de fundamentación de las resoluciones judiciales a la autorización del Fiscal para la actuación de agente revelador. Procedencia de omitir cierta información de los funcionarios policiales que ejecutan la técnica de agente revelador. Cumplimiento de los requisitos para la actuación de agente revelador. Respeto del debido proceso, de la inviolabilidad del hogar y de la libertad personal.

Publicado En: Gaceta jurídica, n.434 , 2016, Ago, 215-216